Aquellas personas contratadas por Ayesa AT en nuestro país de origen que trabajan en el extranjero —y que nuestra empresa denomina como expatriados— se encuentran legalmente en situación de desplazamiento. Nuestro XVI Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública («BOE» núm. 82, de 04/04/2009) recoge la normativa con respecto a los desplazamientos en la página 17, en el Artículo 30 – Dietas y desplazamientos.
Un permiso de 4 días en su domicilio de origen por cada 3 meses de desplazamiento
Aquellas personas que se encuentren desplazadas tienen un permiso de 4 días en su domicilio de origen por cada 3 meses de desplazamiento, siendo a cargo de Ayesa AT el coste y el tiempo dedicados a los viajes de ida y vuelta.
Tu Sección Sindical UGT en Ayesa AT entiende que el primer paso para defender nuestros derechos es conocerlos. Con este comunicado queremos informar y sensibilizar a la plantilla de cuales son nuestros derechos y que estamos a tu lado para defenderlos.