Como sabes, por el comunicado que hicimos en septiembre y que está publicado en el blog UGT-AAT.org la jurisprudencia es ya firme: todos los permisos retribuidos del Art. 22 a), b) y c) de nuestro vigente XVII Convenio TIC, cuando el motivo que los causa suceda en día no laborable, el disfrute del permiso comenzará en el primer día laborable siguiente.

El permiso retribuido comienza en día laboral

Los permisos retribuidos comienzan siempre en día laborable

Hemos entregado escrito a RRHH en el que solicitamos que se actualice la tabla de permisos publicada en la intranet, para que la plantilla no tenga lugar a dudas con respecto a sus derechos.

Para cualquier duda, consulta con tu delegad@ de UGT.